A continuación se encuentra parte del proyecto de resolución presentado por la Concejal Maldonado en el Honorable Concejo Deliberante de Vicente López con respecto a la Contaminación de la red de Agua potable con cromo por parte de la empresa DIACROM.
Vicente López, abril de 2008
Ref: PR-008 Emp. Diacrom
INICIADOR: Cjal. Silvia Maldonado – Vpte. Comisión de Salud -(integrante de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente) -
MOTIVO
Que sean generados de inmediato todos los mecanismos de gestión y diligenciamiento, que correspondan para la recuperación de las condiciones de este nuevo derecho humano fundamental a un ambiente sano -que se suma al plexo de libertades y garantías de la parte dogmática de la constitución- en el ámbito de Vicente López, debido a la contaminación por cromo generada por empresa de la referencia.
VISTO
Que este tema es quizá el de mayor peligro y riesgo, por lo cual se deberán realizar las obras públicas, por el Estado Nacional y Provincial para el logro de este objetivo fundamental y solucionarlo.
CONSIDERANDO
Que nuestro municipio puede y debe encarar este tema sin más dilación y/o trámite.
Que esta es la porción territorial donde elegimos vivir, es la propiedad de esta población y aquí vivimos todos, merecedores de disfrutar del derecho antedicho, motivo principal de este proyecto.
Que nos sumaremos incondicionalmente con todo el apoyo de nuestras respectivas fuerzas, en Provincia y Nación, en nuestro municipio y en toda la región afectada, ofreciéndonos en un plano secundario para asegurar que no perseguiremos ningún rédito político de esta dolorosa situación en la que estamos inmersos todos.
Por las cuestiones antedichas, elevamos el siguiente,
PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo. I. Solicitar al Dpto. Ejecutivo que sin mas trámite, accione los mecanismos necesarios ante los diferentes ámbitos de decisión nacionales y provinciales para que inicien, los procedimientos de Remediación del área en cuestión, determinada y requerida a través de la documental legal y pública, emitida por medio judicial, en la cual nos compete el deber moral de acatar y subsanar el daño inferido a la población.
Artículo. II. Aconsejamos que se realice lo más urgentemente posible, debido a que el riesgo sanitario por dilación es un agravante superlativo.
Artículo. III. El exordio forma parte del presente.
Artículo. IV. De forma.
Cjal. Maldonado
Pte. Bloque Coalición Cívica ARI
Pte. Bloque Coalición Cívica ARI
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